Gabriela Villafuerte Coello, magistrada del Trife, propuso que esta corte no se pueda pronunciar sobre casos de promoción electoral extratemporal, realizados a través de redes sociales, cuando sea “imposible” identificar a un usuario virtual con una persona real.
En la pasada sesión de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf), celebrada este jueves, Villafuerte Coello presentó un proyecto de resolución para declarar que Ricardo Anaya Cortés, líder nacional del PAN, no incurrió en actos anticipados de campaña por la difusión de su imagen en las cuentas de Facebook y Twitter de la organización “Lo Mejor para México”.
Explicó que, puesto que Anaya Cortés no es el propietario de dichas cuentas y que la organización no tiene una existencia “oficial”, no es competencia de la sala pronunciarse sobre este caso debido a que no se pueden reconocer sujetos concretos a quienes atribuir responsabilidades.
“Lo que hace el proyecto (…) es darle certeza a la posibilidad de que hay en el mundo virtual cuentas que ni siquiera pueden ser sometidas a un ejercicio de verificación. Es decir, el órgano jurisdiccional se queda al margen de poder hacer algún pronunciamiento, aun cuando sea de libertad”, argumentó.
Propuesta podría fijar precedente
Agregó que su propuesta podría establecer un precedente para que “casos semejantes” no sean turnados a la Sala Especializada en lo sucesivo.
Pese a que pleno del tribunal, avaló no declarar infracción alguna en el caso de Anaya Cortés, hubo reservas respecto del proyecto para basar otras resoluciones en la “imposibilidad” de verificar la identidad de los titulares de cuentas de redes sociales, ya que implicaría introducir consideraciones sobre las políticas y reglas de estas en el análisis jurídico.
Cabe recordar que esta decisión se da después de que el Instituto Nacional Electoral (INE) presentara un proyecto para regular la aparición en medios de los aspirantes a puestos de elección de popular.