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Embajadas deberán enviar informes mensuales a autoridades mexicanas

Embajadas deberán enviar informes mensuales a autoridades locales
Embajadas deberán enviar informes mensuales a autoridades locales. Foto: La Silla Rota

Con el objeto de mantener la adecuada conducción de la política exterior de México, las embajadas en territorio nacional deberán enviar un informe mensual a las autoridades locales sobre los acuerdos de cooperación bilateral en materia de seguridad.

Este es uno de los lineamientos, publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF), que regularán la relación de servidores públicos de México con agentes extranjeros.

Según lo aprobado, los servidores públicos mexicanos deberán informar sobre cualquier intercambio de información con agentes extranjeros hasta tres días después de llevado a cabo el contacto.

Asimismo, este intercambio de datos no contendrá información sensible, sólo fecha y tipo del contacto, nacionalidad y agencia del agente extranjero, tema y objetivo de la reunión.

También, se condicionó a la confidencialidad y reserva de información, con la presencia de un miembro de la cancillería mexicana en las reuniones ente servidores públicos y agentes extranjeros, implementada en la reforma a la ley.

Por su parte, los funcionarios mexicanos no necesitarán autorización previa para entrar en contacto con los agentes extranjeros por vía electrónica, telefónica o por cualquier otro medio de comunicación, a efectos de realizar “intercambio de la información”, precisa la normativa.

Habrá Grupo de Alto Nivel de Seguridad

En otro tema, también en el DOF se publicó el acuerdo del Consejo de Seguridad Nacional por el que se establecen las disposiciones generales que rigen la organización y el funcionamiento del Grupo de Alto Nivel de Seguridad y del Grupo de Coordinación Operativa.

Respecto a los integrantes de dicho grupo se señaló que se integrará por representantes de las dependencias y órganos administrativos desconcentrados de la Administración Pública Federal como la Secretaría de Relaciones Exteriores, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, la Secretaría de la Defensa Nacional, la Secretaría de Marina, del Centro Nacional de Inteligencia y de la Guardia Nacional.

Entre sus funciones se detalló que podrá gestionar los programas y temas estratégicos de cooperación que se deriven de los convenios Internacionales suscritos por el Estado mexicano en materia de seguridad para preservar la seguridad nacional.

Autorizar reuniones entre servidores públicos de los tres niveles de gobierno y entes públicos con agentes extranjeros, también proponer a las autoridades competentes las acciones que resulten necesarias para lograr la celebración de convenios internacionales en las materias de seguridad.

Finalmente, este grupo podrá designar a los funcionarios que servirán como punto de contacto para recibir y autorizar reuniones urgentes con agentes extranjeros.

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