En Puebla, quienes realicen llamadas de broma o falsas a los números de emergencia, con el fin de movilizar los servicios de urgencia, así como a aquel que permita que las haga usando algún medio de comunicación, será castigado con 4 años de cárcel y hasta 17 mil 924 pesos.
Lo anterior fue aprobado por los diputados, este martes en la sesión ordinaria del Congreso local, en la que se reformó el artículo 186 Septies del Código Penal, a propuesta de la Mónica Lara Chávez y que previamente fue avalado en la Comisión de Administración y Procuración y Justicia.
En su intervención, la legisladora comentó que, de acuerdo con los datos oficiales del número de emergencias 911, al día se reciben 9 mil 677 llamadas telefónicas, de las que 8 mil 200 son falsas o de broma, lo que representa el 84.7 por ciento.
Además, de la cifra, el 34 por ciento son realizadas por menores de edad, mientras que el 11 por ciento por adultos, sin que en ninguno de los dos casos corresponden a los servicios de emergencia.
Por ello, sostuvo que con estas reformas al Código Penal lo que se busca es erradicar las llamadas falsas, toda vez que en Puebla se tiene activada la Alerta de Violencia de Género contra Mujeres (AVGM) y no se puede movilizar en vano.
Dicha reforma aprobada establece que las penas serán de seis meses a cuatro años de prisión, así como una multa de 20 a 200 Unidades de Médica y Actualización (UMA), es decir, de mil 792 a 17 mil 924 pesos.
Sanciones igual a quien permita hacerlas
Se aplicarán las mismas sanciones para quien permita la utilización de cualquier medio de comunicación como teléfono fijo, móvil, radio, botón de alerta, aplicaciones de internet o cualquier otro medio electrónico, aún teniendo conocimiento que se hará una llamada para dar un aviso de emergencia falsa.
En caso de que la persona caiga en reincidencia de esta actividad, la pena se incrementará hasta en dos terceras partes, es decir, la pena llegaría hasta los seis años de prisión.