El gobernador Miguel Barbosa Huerta planteó castigar con hasta 10 años de cárcel la colocación de espectaculares sin los permisos correspondientes, la tala de árboles para instalar estructuras o pinta de anuncios en los bienes inmuebles propiedad o al cuidado del estado o municipio.
Esto, de acuerdo con la iniciativa que mandó el mandatario al Congreso y que entró este jueves en la sesión ordinaria para reformar la fracción V del artículo 198 y adicionar diversas disposiciones del Código Penal.
En el documento, se planteó integrar cinco párrafos a la fracción V donde se contempla los delitos contra el medio ambiente del capítulo cuarto de dicho código.
Con eso se agrega la fracción V Bis para castigar a quien corte, pode o tale, uno o más árboles, para llevar a cabo la construcción, instalación o colocación de estructuras que sustenten anuncios o publicidad.
También se establece prohibir que se realice o encargue, la construcción, instalación o colocación de estructuras que sustenten anuncios o publicidad, en áreas verdes urbanas, de jurisdicción estatal o municipal.
Otra petición es que se castigue a quien solicite la construcción, instalación o colocación de estructuras que sustenten anuncios o publicidad, sin contar con la licencia, permiso o autorización expedida por la autoridad competente.
Reformas planteadas
La iniciativa pide que se prohíba la pinta de anuncios o publicidad en los bienes inmuebles propiedad o al cuidado del estado o del municipio, en áreas de tránsito peatonal, en corredores urbanos, sin contar con el permiso o autorización de la autoridad correspondiente.
La propuesta solicita castigar a quien introduzca al estado recursos ambientales a sabiendas de que porten, padezcan o hayan padecido, alguna enfermedad contagiosa, que ocasione o pueda ocasionar alguna enfermedad al medio ambiente.
En la iniciativa se contempla imponer de prisión de 2 a 10 años de prisión a quien cometa estás prácticas, así como una multa de 30 a 2 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, de 2 mil 886 a 192 mil 440 pesos por ocasionar un daño ambiental o desequilibrio ecológico.
R: DJ