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Aprueban seguro a trabajadoras del hogar; IMSS prevé 2.3 millones

Aprueban seguro a trabajadoras del hogar; IMSS prevé 2.3 millones
Aprueban seguro a trabajadoras del hogar; IMSS prevé 2.3 millones. Foto: @Tu_IMSS

La Cámara de Diputados aprobó que las trabajadoras del hogar pueden ser aseguradas por sus empleadores con lo cual tendrán derecho a los cinco seguros que la ley contempla; el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) calcula 2.3 millones en el país.

Según lo anterior, los derechos que se contemplan en dicha ley son los siguientes: Enfermedades y Maternidad; Riesgos de Trabajo; Invalidez y Vida; Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez; y Guarderías y Prestaciones Sociales.

“Con esta aprobación se concluye el proceso legislativo por parte del Congreso de la Unión y se enviará al presidente de la República para su publicación. La reforma reconoce el trabajo del hogar y se dignifica una actividad productiva que había estado siempre poco valorada”, aseguró este día el titular del IMSS, Zoé Robledo Aburto.

Precisó que los trabajadores del hogar contarán con atención médica, farmacéutica y hospitalaria; pago de incapacidades por enfermedad o riesgos de trabajo; generar ahorro para su retiro o una pensión en caso de invalidez, para el asegurado y sus beneficiarios legales; así como el acceso a estancias infantiles y actividades de esparcimiento.

La reforma aprobada ayer por unanimidad en la Cámara de Diputados establece un plazo de seis meses para flexibilizar el trámite de afiliación. Éste podrá efectuarse de manera presencial en las 133 subdelegaciones o en la página del IMSS, donde se encuentra un micrositio con preguntas frecuentes, tutoriales, calculadora de cuotas y acceso directo al trámite.

Para realizar el trámite por parte del empleador se necesita identificación oficial, CURP, comprobante de domicilio, correo electrónico y datos de contacto. Por parte del trabajador: identificación oficial, CURP, Número de Seguridad Social, comprobante de domicilio, datos de contacto e indicar el tipo de contratación ya sea por mes completo o por día de trabajo.

El pago del aseguramiento deberá efectuarse a más tardar el día 20 de cada mes, posteriormente se da el alta de la persona en el IMSS y el aseguramiento inicia el primer día del mes inmediato posterior al del pago.

Cuando la persona trabajadora del hogar acumule 20 días de trabajo en el periodo de un mes y el importe de su ingreso mensual sea igual o superior al salario mínimo de la Ciudad de México, se les otorgará el aseguramiento por el periodo completo.

Una vez que inicia, la Persona Trabajadora del Hogar podrá registrarse en la clínica que les corresponda y registrar también a sus beneficiarios: cónyuge, concubina o concubinario; hijos hasta los 16 años, extensivo a los 25 años si estudian o de manera indefinida si tienen alguna discapacidad; padres si dependen económicamente de la trabajadora del hogar y habitan en el mismo domicilio.

Si existiera alguna negativa de los empleadores para asegurar al o la trabajadora, el Seguro Social cuenta con mecanismos como centrales telefónicas, la página de internet donde se lleva a cabo el registro y también se trabaja para habilitar un espacio donde se podrá hacer denuncias o plantear negativas de aseguramiento.

Editado por Istfan AC

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