Ante las largas filas virtuales para obtener citas en su oficinas, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) concedió a los contribuyentes prórrogas para cumplir con diversos trámites, como cancelar facturas, e-firma, buzón tributario y más.
De acuerdo con el organismo, tienes hasta el 31 de diciembre para cancelar facturas electrónicas de ejercicios fiscales anteriores a 2022, así como para seguir usando la versión 3.0 de la factura electrónica, pues la 4.0 será obligatoria a partir del 1 de enero de 2023.
Los contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza (Resico) podrán expedir sus facturas electrónicas con Factura fácil o Mi nómina a través de Mis cuentas sin tener un certificado de la firma electrónica (e.firma) o un Certificado de Sello Digital hasta el 31 de diciembre.
De esta manera, las personas físicas que tributan en el Resico deberán contar con su firma electrónica (e.firma) activa a más tardar el 31 de diciembre de 2022.
También se extiende la prórroga, hasta el último día del año, para aquellos contribuyentes que no hayan habilitado su Buzón Tributario o registrado o actualizado sus medios de contacto, a efecto de que durante dicho periodo no les sea aplicable una multa.
El SAT busca que, para el caso de la obligatoriedad de la factura electrónica 4.0 y la cancelación de facturas electrónicas anteriores a 2022, los contribuyentes tengan un mayor periodo de adaptación para recibir, emitir o cancelar facturas.
El 8 de julio, el SAT también indicó que analizará el impacto de la constancia de situación fiscal para combatir la creación de empresas fantasma. Si no lo tiene, se quitaría o ampliaría la prórroga para tramitarla.
LPR