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Proponen hasta 10 años de cárcel por extorsión telefónica en Puebla

Proponen hasta 10 años de cárcel por extorsión telefónica en Puebla
Proponen hasta 10 años de cárcel por extorsión telefónica en Puebla. Foto: Especial

En el Congreso de Puebla, se busca aumentar las sanciones por cometer extorsión telefónica, por lo que esta modalidad también sería penada con cárcel, de dos a diez años, de acuerdo con una iniciativa para reformar el Código Penal presentada por la diputada Norma Reyes Cabrera.

Dicha iniciativa fue presentada este viernes, en sesión de la Comisión Permanente de la LXI legislatura, donde Reyes Cabrera destacó que se busca modificar el primer párrafo del artículo 292 Bis del Código Penal del Estado para sancionar con mayor severidad el intento de extorsión y amenazadas telefónicas.

Dichos actos se sancionarán cuando el individuo los realice con ánimo de conseguir un lucro o provecho, amenace a otro por vía telefónica o cualquier medio de comunicación mediante los cuales se pueda realizar la emisión, transmisión de voz, sonidos o información con la finalidad de causar daños morales, físicos o patrimoniales.

El dictamen fue turnado a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su resolución procedente.

Por otra parte, la Mesa Directiva dio cuenta de la iniciativa de la diputada Mónica Rodríguez Della Vecchia quien propuso reformas a Ley Estatal del Deporte para establecer como una de las facultades del Consejo Estatal del Deporte, proponer planes y programas que contribuyan a fomentar, promover, estimular y garantizar la participación, en igualdad de condiciones, entre mujeres y hombres en actividades físicas y deportivas.

También dio cuenta de la iniciativa de la diputada Karla Rodríguez Palacios presentó reformas al Código Civil para el Estado con la finalidad de establecer, respecto del impedimento para contraer matrimonio por causa de la impotencia física incurable o cualquier enfermedad que sea además contagiosa y hereditaria; que dichos impedimentos no se actualizarán, cuando por escrito sean aceptados por la otra persona contrayente.

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